Recursos hídricos de Venezuela
Gustavo Villarroel
Necesario es conocer la calidad y la cuantía de los Recursos Hídricos con que cuenta Venezuela, para así poder hacer uso de este recurso de una manera adecuada, es decir optimizar su uso y aprovechamiento de las fuentes naturales evitando la contaminación y de esta producirse tenemos que generar la ciencia y la tecnología que nos permita purificarla después de su uso, llegando a la potabilización. Recordemos siempre el ciclo del agua: mediante la energía solar y procesos industriales y caseros el agua se evapora y sube a la atmósfera proveniente de océanos, ríos, riachuelos, lagos, lagunas, humedales, etc., allí se junta con partículas que están suspendidas en la atmósfera y forman las nubes, las cuales al estar cargadas se vienen a tierra en forma de lluvias, nieve, granizo y penetran al subsuelo. Dependiendo de los ciclos de movimiento de la Tierra, el Sol y la Luna, el ciclo del agua se ve afectado y se comporta diferencialmente a lo largo del año. Períodos lluviosos son seguidos de períodos de sequía y así ocurre en espacio-tiempo, luego el desarrollo de las actividades humanas afecta el ciclo «Normal del Agua».
Por eso es necesario conocer la situación actual del recurso agua en nuestro país y la perspectiva de su uso. Que la población conozca y se involucre en esta dinámica del agua, de cuánto disponemos en nuestros acuíferos y aguas corrientes en nuestros ríos, esto nos aportaría criterios para un uso óptimo y una perspectiva de manejo que nos pueda garantizar agua limpia por siempre.
Agua potable y abastecimiento
El agua constituye uno de los recursos más valiosos que nos provee el ambiente, pero recordemos que lo primero que debemos hacer es disponer el agua en represas o grandes reservatorios; es decir, hacerla disponible y luego transportarla con tuberías y bombas adecuadas hasta las viviendas. En el caso de Caracas debemos traerla desde el estado Miranda a 300 metros de altitud hasta 930 metros sobre el nivel del mar y aun a altitudes por encima de 1.200 metros. Todo esto requiere planificación de los organismos competentes con los usuarios o destinatarios del agua. Pero debe ser hecha potable en plantas de tratamiento, para que finalmente llegue a nuestras viviendas y sea utilizada de una manera óptima.
Por otra parte, el agua también es utilizada en los procesos industriales y también debe serle suministrada por el Estado, por que si no dichos procesos se paralizarían. También el agua tiene que servir para el riego de los cultivos que nos proporcionan los alimentos que llegan a nuestra mesa. Sin agua la agricultura se iría por el despeñadero y la crisis alimentaria se agudizaría. Conjuntamente aunado a lo descrito tenemos que desarrollar y formar al personal para el manejo en condiciones técnicas de los recursos hídricos, esta es también una labor perentoria y permanente tener personal preparado para conducir este proceso de dotar de agua al pueblo venezolano.
Tenemos que tomar en cuenta también, los aspectos legales en la administración y el manejo de los recursos hídricos y para hacerlo debemos tomar en cuenta el Código Penal, la Ley Forestal de Suelos y Aguas, la Ley Orgánica del Ambiente, la Ley Penal del Ambiente, el Decreto Presidencial número 1.400 de julio de 1996, las Normas sobre la Regulación y el Aprovechamiento de los Recursos Hídricos y de las Cuencas Hidrográficas y no puede faltar la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Las Hidrológicas, Ministerio del Poder Popular de Aguas y el Ministerio del Poder Popular del Ecosocialismo (Minec). En toda esta arquitectura creada para el uso del agua, debemos mencionar en el primero de estos se establece y regula el aprovechamiento de las aguas de los ríos, arroyos, torrentes, canales, lagos u otros receptáculos y en el resto se establecen los principios rectores para la conservación, aprovechamiento, defensa, y mejoramiento del ambiente, se regula la conservación, aprovechamiento y fomento de los bosques, suelos y aguas, se declara de utilidad pública y de interés público el manejo de estos recursos y concretamente el decreto 1.400, se regula el aprovechamiento de las aguas del dominio público, sujeta a un régimen de concesión, ya se trate de privados, de los estados, de los municipios o de las entidades de la administración descentralizada bajo la responsabilidad del Minec y del Minaguas.
Recursos Hídricos: Un Análisis Detallado de la Distribución de Agua en el Mundo
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